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El Desarrollo Humano en Colombia.
Por: Luís Andrés Fajardo Arturo
Docente Investigador Universidad Sergio Arboleda
Resumen
El Desarrollo Humano, según la normativa internacional, es un derecho y
una condición necesaria
para los derechos humanos. La relación más evidente aparece con los Derechos
Económicos Sociales
y Culturales - DESC y en especial, con el principio de no regresividad, el
cual implica que el desarrollo
es exigible, pues es la garantía de no retroceso en los avances de
protección de los Desc. En
cualquier caso, la definición del Desarrollo como derecho, dependerá del
orden normativo de cada
Estado. En Colombia, el Desarrollo Humano aparece en la Constitución
colombiana en múltiples
artículos, a partir de los cuales es posible construir, junto con la
jurisprudencia de la Corte Constitucional,
un concepto que, aunque no se ajusta a las perspectivas del soft law
internacional, plantea algunas
obligaciones exigibles al Estado. Aunque la estructura del Estado frente a
la planeación y ejecución
de los modelos de desarrollo, resulta bastante eficiente, al menos en la
redacción de las normas, la
falta de un control efectivo en cuanto al logro de las metas planteadas,
junto con la dificultad para
definir un recurso que permita a los ciudadanos exigir la equidad en los
beneficios del desarrollo,
hacen que hoy, en Colombia, no se pueda hablar de un Derecho al Desarrollo.
Palabras clave
Derechos Humanos, Derechos Colectivos, Desarrollo Humano. |
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