No. 11

Revista electrónica de difusión científica  Universidad Sergio Arboleda

 

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El Desarrollo Humano en Colombia.
Por: Luís Andrés Fajardo Arturo
Docente Investigador Universidad Sergio Arboleda

Resumen

El Desarrollo Humano, según la normativa internacional, es un derecho y una condición necesaria
para los derechos humanos. La relación más evidente aparece con los Derechos Económicos Sociales
y Culturales - DESC y en especial, con el principio de no regresividad, el cual implica que el desarrollo
es exigible, pues es la garantía de no retroceso en los avances de protección de los Desc. En
cualquier caso, la definición del Desarrollo como derecho, dependerá del orden normativo de cada
Estado. En Colombia, el Desarrollo Humano aparece en la Constitución colombiana en múltiples
artículos, a partir de los cuales es posible construir, junto con la jurisprudencia de la Corte Constitucional,
un concepto que, aunque no se ajusta a las perspectivas del soft law internacional, plantea algunas
obligaciones exigibles al Estado. Aunque la estructura del Estado frente a la planeación y ejecución
de los modelos de desarrollo, resulta bastante eficiente, al menos en la redacción de las normas, la
falta de un control efectivo en cuanto al logro de las metas planteadas, junto con la dificultad para
definir un recurso que permita a los ciudadanos exigir la equidad en los beneficios del desarrollo,
hacen que hoy, en Colombia, no se pueda hablar de un Derecho al Desarrollo.

Palabras clave

Derechos Humanos, Derechos Colectivos, Desarrollo Humano.


 
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