Las Funciones públicas y la estructura
del estado
Para cumplirlas
Autor: Dr. Jorge Enrique Ibáñez
Najar
Estudio
de las funciones legislativa, administrativa, jurisdiccional,
fiscalizadora o de control, electoral, de banca central y de seguridad y
defensa nacional y de la nueva Estructura del Estado para cumplirlas:
Ramas Legislativa, Ejecutiva y Judicial, Organizaciones Fiscalizadora o
de Control y Electoral, y los órganos autónomos con personería jurídica
y régimen constitucional y legal propio.
Procesos constitucionales como el colombiano de 1991, dieron un gran
paso adelante al prever en la nueva Carta Política una nueva estructura
del Estado y precisar y definir en ella la existencia de otros órganos,
autónomos e independientes, para el cumplimiento de las demás funciones
públicas, distintas a las que tradicionalmente han correspondido a los
órganos del poder público que integran las Ramas Legislativa, Ejecutiva
y Jurisdiccional.
Y tenía que ser así, porque según el régimen constitucional clásico,
había órganos que no encuadraban en ninguna de las tres ramas del poder
público, ya que sus funciones ni son legislativas, ni administrativas,
ni judiciales. Esos órganos ejercen primordialmente unas funciones
propias, específicas y distintas y por lo mismo no encajaban dentro de
la simplista y elemental teoría tripartita por lo que, entonces, hubo
necesidad de hacer una enumeración adicional y ubicarlas en donde
corresponde.
La Constitución Política de Colombia y con fundamento en ella la ley
prevén una nueva Estructura del Estado encargada de cumplir todas las
funciones públicas. Según dicha Estructura, se reitera la existencia de
las tres tradicionales Ramas del Poder Público, la legislativa, la
ejecutiva y la judicial, pero al mismo tiempo se precisa que, además de
los órganos que las integran, existen otros, autónomos e independientes,
para el cumplimiento de las demás funciones del Estado, algunos de los
cuales se agruparon en Organizaciones y otros se estructuraron como
órganos independientes y autónomos sujetos a un régimen constitucional y
legal propio.
Jorge Enrique Ibáñez Najar