CONCEPTO
ABSOLUTO DE CONSTITUCIÓN
1.
La
Constitución como un todo unitario
a)
La
palabra constitución re conoce varios sentidos:
·
Lo imaginable.
·
La unidad política de un pueblo en sentido estado.
·
El pueblo el soberano.
·
Leyes de cierto tipo
b)
Constitución:
·
Norma fundamental o ley fundamental.
·
Norma de normas.
·
El modo de ser una unidad política
2.
Constitución en sentido absoluto
Significa la concreta manera de ser resultado de
cualquier unidad política existente.
·
Primera significación:
La concreta situación de conjunto de la unidad política y ordenación
social.
-Alemania, Francia, Inglaterra no tienen
una constitución se forma y funciona la voluntad estatal
-su constitución es su alma.
·
Segunda significación:
Manera especial de ordenación política y social.
-Modo completo de la supra y subordinación.
-Es la forma especial del dominio.
-Forma de gobierno
-El estado es una constitución
-Forma de formas
·
Tercera Significación:El
principio del devenir dinámico de la unidad política.
-Fenómeno de la continuamente renovada.
-Formación y erección de esta unidad desde una fuerza y energía.
-Surge siempre de algo nuevo
-Según la expresión de RODOLFO SMENO “integrarse”
3.CONSTITUCIÓN EN SENTIDO ABSOLUTO
Constitución = norma de normas
Regulación legal fundamentalmente, un sistema de
norma supremas y ultimas
1. No es una actuación del ser, es algo normativo
(deber-ser)
·
Ley de leyes.
·
Unidad y totalidad.
·
Norma fundamental.
·
La constitución es el estado.
·
Unidad de normas jurídicas.
·
La constitución es soberanía.
2.
La constitución es valida cuando nace de un
poder (es decir, fuerza o autoridad) constituyente y se establece
por su voluntad.
VOLUNTAD: -Un
contraste con simples normas
-Se da un modo
existencial, reside en su ser.
Ordenación Jurídica:
1.
Elemento normativo del derecho
2.
Elemento real de la ordenación concreta
3.
La constitución es entendida como codificación cerrada ejemplo:
Francia
La constitución es entendida como concepto de ley
constitución en concreto
CONCEPTO RELATIVO DE CONSTITUCIÓN
La constitución como una pluralidad de leyes
particulares
LEY CONSTITUCIONAL CONCRETA.
CONSTITUCIÓN EN SENTIDO RELATIVO
La ley constitucional en general.
Para este concepto FORMAL es indiferente que la ley
constitucional regule la organización de voluntad estatal o tenga
cualquier otro contenido.
CONSTITUCIÓN ESCRITA
Lo formal de la constitución
-
Escrita no puede constituir naturalmente en que
alguien haya levado al papel algunas prescripciones, las haya
instrumentado y por ello vemos un documento escrito.
-
Su característica formal solo puede ser
adquirido cuando propiedades de la persona u órgano que emite el
documento sea del contenido instrumentado.
-
Históricamente consideramos, contenido y
significado de la constitución escrita sea muy diversos y
varios.
-
La idea general de que una cosa fijada por
escrito puede ser demostrada mejor, que su contenido es estable
y protegido contra modificaciones.
-
Demostrabilidad
y mayor estabilidad son para hablar en su sentido
riguroso de formalismo.
-
Contenido y documento pues, concurren tan sólo en
un cierto procedimiento y no son lo decisivo.
-
La constitución escrita necesita aparecer dentro
de un cierto procedimiento, por ejemplo
ser convenida.
-
Una constitución es un pacto jurado entre rey y
pueblo al fijar los principios fundamentales de legislador y
gobierno en un país.
-
La constitución se convierte pues, en = ley,
de una clase especial, y se coloca como lex scripta en
contraposición al derecho
consuetudinario.
-
HISTÓRICAMENTE las constituciones escritas
comienza con un contrate respecto a la práctica constitucional
ingles, que fundamentalmente reposa en la costumbre y usos:
las colonias inglesas en Norteamérica,
que se declararon Estados independientes en 4 de junio de 1796,
se dieron constituciones escritas que fueron proyectadas y
promulgadas como leyes por asambleas constituyentes.
-
Aquel pretendido concepto formal ha llevado tan
solo a relativizar el concepto de constitución, entendida como
unidad cerrada, una multitud de prescripciones legales
externas caracterizadas.
REFORMA DIFICULTADA, COMO CARACTERÍSTICAS FORMAL DE
LA LEY CONSTITUCIONAL.
-
Se hallará en que los cambios constitucionales
están sometidos aun procedimiento especial con condiciones más
difíciles.
-
Mediante las condiciones de reforma
dificultadas se protege la duración y estabilidad de las
leyes constitucionales y se aumenta la fuerza legal.
1.
No se da en este sentido diferencia alguna
entre leyes constitucionales y leyes ordinarias.
-
Se habla de aquí de constituciones flexibles
expresión que deja abierto el tema de que ha de entenderse
por constitución y por ley
constitucional.
-
A diferencia de estas constituciones flexibles
otras constituciones se llaman rígidas:
Necesitaría prohibir todo cambio de cualquiera de
sus prescripciones
2.
El primitivo sentido de la garantía de una constitución se pierde
cuando la constitución como un todo se relativiza en una pluralidad
de distintas leyes constitucionales.
CONCEPTO POSITIVO DE
CONSTITUCIÓN
La constitución como decisiones de conjunto sobre
modo y forma de unidad política.
Sólo es posible un concepto de constitución cuando se
distinguen constitución y ley constitucional.
De este modo se pierde un concepto esencial de la
teoría del estado y el concepto central de la teoría de la
constitución.
LA CONSTITUCIÓN EN SENTIDO POSITIVO
-
Surge mediante un acto del poder constituyente.
-
La constitución en sentido positivo contiene sólo
la determinación conciente de la concreta forma de conjunto por
la cual se pronuncia o decide la unidad política.
-
Se adapta por si misma y se da así misma.
LA CONSTITUCIÓN COMO DECISIÓN.
En el pacto de toda formación recibe una decisión
política del titular del poder constituyente el pueblo en la
democracia y el monarca en la monarquía absoluta.
1.
Las determinaciones de la constitución de Weimar aquí citadas con
son leyes constitucionales.
Frases como “el pueblo
alemán se ha dado esta constitución”.
2.
El significado práctico de la diferencia entre constituciones y ley
constitucionales se muestra en los siguientes ejemplos:
a.
En vías al artículo 76 c. a. pueden reformarse las leyes
constitucionales, pero no la constitución como totalidad.
3.
Que constitución pueda ser reformada, no
quiere decir que las decisiones políticas fundamentales que integran
la sustancia de la constitución puedan ser suprimidas y sustituidas
por otras mediante el parlamento.
b.
La constitución es intangible.
c.
La constitución garantiza una serie de llamados derechos
fundamentales.
d.
Un conflicto constitucional propiamente dicho no afecta a
cada una de las muchas particulares de la ley constitucional, sino
sólo a la constitución como decisión política fundamental.
e.
El juramento de al constitución
f.
La alta tradición es un ataque a la
constitución.
g.
algunas prescripciones legal - constitucional
III. El carácter de compromiso de la constitución de
WEIMAR
-
La constitución de Weimar es una constitución ya
que expresa el contenido de las decisiones políticas
fundamentales sobre la forma existencia política concreta del
pueblo alemán.
-
Es Una constitución, no solo una serie de leyes
constitucionales. envuélvelas decisiones políticas fundamentales
a favor de una democracia constitucional.
-
las determinaciones de las constituciones Weimar
contiene además una serie de compromisos no auténticos,
de otra naturaleza.
CONCEPTO IDEAL DE CONSTITUCIÓN
Constitución, llamada así en
sentido distinto y a causa de un cierto contenido.
I.
Con frecuencia se designa como verdadera o autentica constitución,
por razones políticas, la que responde a un cierto ideal de
constitución.
II. Concepto IDEAL de constitución del Estado
de derecho.
En su proceso histórico de la constitución moderna ha
prosperado tanto un determinado concepto ideal desde el s XVIII,
solo se han designado como constituciones aquellas que correspondían
a las demandas de libertad burguesa y contenían ciertas garantías de
dicha libertad.
1.
CONSTITUCIÓN=
un sistema de garantías de la libertad burguesa. (Garantía).
2.
CONSTITUCIÓN=
a la llamada división (mejor
dicho distinción) de poderes la llamada división de poderes.
3.
CONSTITUCIÓN=
Constitución escrita
( documento constitucional) La exigencia política de
una constitución escrita llevada a una equiparación:
constitución=constitución escrita, que es un pacto instrumentado (
ente príncipe y estamentos o representación popular).
III. El concepto ideal todavía hoy
dominante de constitución es el ideal de constitución del estado
burgués de derecho.
SIGNIFICACIÓN: LEY FUNDAMENTAL
-
Todas las leyes o disposiciones que parecen de
singular importancia política a las personas o grupos
políticamente influyentes en un momento dado.
-
Una norma absolutamente inviolable que no
puede ser, ni reformada, no quebrantada.
-
Toda norma relativamente invulnerable que
no puede ser reformada o quebrantada bajo supuestos
quebrantados.
-
Principio unitario
de la unidad política y de la ordenación de conjunto.
Aquí se expresa el concepto absolutamente de la constitución.
INICIO DE LA CONSTITUCIÓN
-
Decisión política unilateral del sujeto del poder
constituyente
-
Convención plurateral de varios de tales sujetos
(Critica no era constitución)
-
En Europa el estado moderno se desarrolla
al ser absoluto
-
1789 Revolución francesa, allí surge la
constitución moderna mixta de elementos liberales y
democráticos, pueblo francés como sujeto del Poder
constituyente= capacidad poder de actuar.
-
La constitución era una decisión política
adoptada por la nación en la que se fijan su propio destino.
-
1918 Alemania se introduce la doctrina
democrática del poder constituyente del pueblo.
CONSTITUCIÓN COMO PACTO
CONSTITUCIÓN =
acto del poder constituyente del pueblo, es un pacto
social, un contrato social.
CARACTERÍSTICAS
1.
Libre
2.
funda una relación permanente de vida que abarca a la persona en su
existencia.
3.
Base jurídica de su validez
PODER CONSTITUYENTE:
-
Voluntad política.
-
Decisiones concretas.
-
Fuerza –autoridad.
-
Existencia política
Unidad política como un todo
CARACTERÍSTICAS:
1.
Una
constitución no se apoya en una norma cuya justicia sea fundamental
de su validez
2.
Ley constitucional - formación que lleva a la
practica la voluntad.
3.
Una
constitución no puede consumir el poder constituyente
4.
Unitario e invisible
SUJETO DEL PODER CONSTITUYENTE:
·
Revolución Francesa Sieyes =
Pueblo (nación) como sujeto.
·
PUEBLO =
unidad política con capacidad de obrar.
·
NACIÓN=
asociación de hombres no necesariamente de carácter político.
ACTIVIDAD DEL PODER CONSTITUYENTE
ASAMBLEA NACIONAL
1.
Acuerda y despacha formaciones legales constitucionales.
2.
proyecta formaciones legales –constitucionales.
LEGITIMIDAD
- Reconocimiento
Clases:
1.
DINASTÍAS
Príncipe Autoridad
2.
DEMOCRACIA
Pueblo (voluntad) manifiesta populi
Permanencia del poder constituyente:
El poder constituyente se ejercía mediante un acto de
decisiones política.
CONCEPTOS DERIVADOS DE
CONSTITUCIÓN
1. Destrucción de la constitución
- Supresión de la constitución en su totalidad.
Junto a su poder constitucional.
2. Supresión de la
constitución
- Se suprime la constitución pero se
conserva el poder constituyente.