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Diplomado en
Criminalística y Delitos informáticos


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Los delitos informáticos: ¡una problemática de cada día!
Dr. Fernando Velásquez V.*
 

El legislador colombiano mediante la Ley 1273 de 2009, con base en las huellas trazadas por el Convenio de Budapest de 2001 suscrito por los estados miembros del Consejo de Europa, expidió una normatividad mediante la cual se busca proteger “la información” y “los datos”, gracias a la cual se introdujeron diversas figuras delictivas en la Parte Especial del Código Penal al cual se adicionó el Título VII BIS (allí aparecen atentados punibles como las siguientes: acceso abusivo a u sistema informático; obstaculización ilegítima de sistema informático o red de telecomunicación; interceptación de datos informáticos; daño informático; uso de software malicioso; violación de datos personales; suplantación de sitios web para capturar datos personales; hurto por medios informáticos y semejantes y transferencia no consentida de activos) y se introdujo una circunstancia genérica de agravación en la Parte General del mismo, extensible a todos los delitos (art. 58 num. 17: “cuando para la realización de las conductas punibles se utilicen medios informáticos, electrónicos o telemáticos”. 

Así las cosas, aunque el texto legal no colma todas las expectativas ni abarca todos los delitos que hoy pueden llamarse como “informáticos”, todo el Código Penal ha quedado teñido de esta materia. Y no es para menos: casi no existe hoy, en este mundo de la información presa del flagelo de la globalización planetaria, delito que no se pueda realizar mediante el empleo de estos medios que, con razón, sitúan a la humanidad ante lo que se ha dado en llamar una “revolución informática”. Por eso, los Códigos Penales –aunque como sucede siempre el legislador anda a la zaga de los avances tecnológicos– tienen que soportar ahora las avalanchas legislativas para colmar tales vacíos.

En nuestro país esta problemática es cada día más dramática y urgen no sólo modernas y expeditas herramientas legislativas para castigar el moderno flagelo que mejoren las existentes, sino políticas criminales coherentes enderezadas a prevenir y reprimir esas conductas punibles. Es necesario, pues, que las autoridades legítimas encargadas de la persecución penal le muestren al ciudadano de la calle que todavía “se hace algo” y que el Estado de Derecho que ellas encarnan, en el cual todavía confían, está presto a asegurar que se les respeten sus más elementales derechos.

En fin, de lo que se trata es que este tipo de normatividades no se quede en los anaqueles y sólo cumpla un mero cometido simbólico, mientras la delincuencia le gana la partida a la sociedad entera; la ley penal, pues, requiere de “uñas” y de “dientes” para combatir los modernos brotes de criminalidad y ello, por supuesto, no será posible hasta que las autoridades demuestren un  verdadero compromiso con esta necesaria campaña contra el crimen.

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* Doctor en Derecho y Ciencias Políticas Universidad de Antioquia; investigador becado por las fundaciones alemanas Max Planck y Alexander von Humboldt en el Instituto Max Planck de Derecho Penal Extranjero e Internacional de Freiburg i. Br. Director de la Especialización en Derecho Penal, del Departamento de Derecho Penal y Profesor de Derecho penal de la Universidad Sergio Arboleda. Autor de libros, artículos y ponencias en el campo de su especialidad en diversos centros académicos nacionales y extranjeros
 


Autoridades de la Universidad


Rector:
Rodrigo Noguera Calderón

Decano Adjunto Escuela de Derecho:
José María del Castillo Abella

Vicedecano Escuela de Derecho:
Ernesto Lucena Barrero

 



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Inversión
$2.500.000

Las sesiones se inician el día viernes 27 de julio
y finalizan el sábado 29 de septiembre.


Intensidad horaria

El diplomado tiene una intensidad horaria de 120 horas en total, distribuidas así:

80 Horas de clases presenciales en sesiones los días viernes de 4:00 p.m. a 8:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.;
40 horas no presenciales para la elaboración de trabajos y consultas con los docentes.


Cada materia tiene una intensidad de ocho horas presenciales.

La Universidad se reserva el derecho de suspender o postergar el curso. Igualmente, a hacer modificaciones al plan de estudios, horarios, a la nómina docente y al valor de la especialización.
 

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