Estatuto Docente
EL CONSEJO ACADÉMICO
DE LA UNIVERSIDAD SERGIO ARBOLEDA
En uso de sus facultades, en
especial la señalada en el
artículo 22 de los estatutos de la
Universidad,
RESUELVE:
Artículo único: EL ESTATUTO DOCENTE
que regirá en adelante, es el
siguiente:
Capítulo 1. “DISPOSICIONES
GENERALES”
EL ESTATUTO DOCENTE Y SUS
ESCALAFONES BÁSICO Y SUPERIOR
DOCENTE (EBD/ESD).
ARTÍCULO 1. La Universidad Sergio
Arboleda ha decidido promover la
profesionalización de sus docentes
mediante el establecimiento de un
estatuto que, además de reconocer la
experiencia y los méritos, estimule
la formación avanzada o de postgrado
(especialización, maestría,
doctorado), y la dedicación de los
profesores a las tareas que demanda
la Universidad (docencia,
investigación, difusión del saber y
extensión o promoción cultural), con
miras al perfeccionamiento del
ejercicio pedagógico, a la luz de la
filosofía y principios
institucionales de la Universidad.
El Estatuto Docente, regulador de la
cátedra, además de ordenar en
categorías con
sus niveles y requisitos a los
profesores de la Universidad Sergio
Arboleda a partir de sus logros
académicos y profesionales, permite,
tanto la distribución de
responsabilidades y funciones
académicas, como la determinación de
la asignación salarial.
ARTÍCULO 2. El presente ESTATUTO
DOCENTE (ED ) y los ESCALAFONES
BÁSICO DOCENTE (EBD) y SUPERIOR
DOCENTE (ESD) que lo integran, se
aplican a los profesores vinculados
por contrato de trabajo a la
Universidad Sergio Arboleda.
ARTÍCULO 3. Es profesor de la
Universidad Sergio Arboleda la
persona que con tal carácter ha sido
vinculada a la Institución según las
normas previstas en este ESTATUTO
DOCENTE (ED) para desarrollar,
simultánea o alternativamente,
actividades de docencia,
investigación, proyección social, y
administración, conforme al Proyecto
Educativo Institucional.
ARTÍCULO 4. El profesor que en forma
temporal ejerza funciones directivas
o administrativas en la Universidad
Sergio Arboleda, no perderá la
condición de tal ni los derechos y
prerrogativas correspondientes.
ARTÍCULO 5. El presente ESTATUTO
DOCENTE (ED) forma parte integrante
del contrato que la Universidad
Sergio Arboleda celebra con cada
miembro del cuerpo profesoral, quien
al firmarlo declara conocerlo y
aceptarlo.
ARTÍCULO 6. Los reglamentos que se
requieran para el desarrollo y
puesta en marcha de este Estatuto
serán expedidos por la rectoría.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., el diecinueve (
19 ) de mayo de dos mil cuatro
(2004).
El Secretario General,
Mario Grosclaude Rojas
Descargar el documento completo:
Estatuto docente Universidad Sergio
Arboleda (PDF 204k)
Reglamento del estatuto docente:
(PDF 373k)

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