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Proexport expidió instructivo sobre nuevo régimen cambiario de Venezuela
Estas son las preguntas mas frecuentes en torno a las medidas cambiarias

Bogotá, febrero 20 de 2003.- La Oficina Comercial de PROEXPORT en Caracas, emitió hoy instructivo para ilustrar a los empresarios colombianos que exportan a ese mercado, acerca de las implicaciones que para el comercio bilateral tiene el nuevo control de cambios adoptado en el vecino país.

Mónica Lanzetta, Directora de la oficina de PROEXPORT en Caracas, advirtió que el instructivo recoge las preguntas más frecuentes en torno al tema, y que con el mismo se busca hacer claridad entre la comunidad exportadora colombiana con intereses en Venezuela.

El texto del instructivo es el siguiente:
¿Qué es la Cadivi? Es la Comisión de Administración de Divisas que tiene a su cargo la coordinación, administración, control y establecimiento de requisitos y procedimientos para la ejecución del Convenio Cambiario, suscrito entre el Gobierno y el Banco Central de Venezuela.
¿Cuál es el procedimiento que deben seguir los importadores para obtener divisas en Venezuela? Todos los importadores deberán inscribirse en el Registro de Usuarios del Sistema de Administración de Divisas para solicitar la adjudicación de divisas.
¿Qué se requiere para inscribirse en el Registro de Usuarios? Para inscribirse en este Registro, los exportadores e importadores deberán presentar una solicitud de inscripción en los formatos que para ello expida la Cadivi [aún no están a disposición], solicitud que deberá estar acompañada de los siguientes documentos:
Personas jurídicas:
• Original y copia del Acta Constitutiva y Estatutos con sus respectivas modificaciones debidamente registradas.
• Original y copia de la Cédula de Identidad del representante legal.
• Original y copia de los documentos de propiedad, arrendamiento, uso o usufructo de los establecimientos donde ejerce su actividad económica.
• Original y copia del Acta de Asamblea de Accionistas, mediante la cual se designe la Junta Directiva vigente.
• Estados financieros auditados históricos y reexpresados, con sus notas complementarias de los tres (3) últimos ejercicios económicos.
• Escrito detallado de la actividad económica del solicitante.
• Original y copia de las declaraciones y pago de impuestos sobre la renta, activos empresariales e impuesto al valor agregado de los tres (3) últimos ejercicios económicos.
• Constancia del último pago del Seguro Social Obligatorio
• Constancia del último pago del INCE
• Ultima declaración de tributos municipales.
• Original y Copia del Registro de Información Fiscal

La solicitud y los documentos señalados deberán ser presentados en el banco o institución financiera debidamente autorizada para este efecto por la Cadivi [aun no se conocen los nombre de los mismos]. Con base en la revisión que esta Comisión efectúe de la solicitud y sus anexos, en el curso de los 5 días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de los mismos, la Cadivi emitirá un informe en el que o bien autoriza la inscripción y emite el certificado de registro correspondiente, o lo rechaza de manera motivada y señala los recursos judiciales procedentes. En ambos casos la decisión será notificada al solicitante a través de la respectiva institución financiera. Si transcurren los 5 días hábiles señalados y no hay pronunciamiento expreso por parte de la Cadivi se entenderá que la solicitud ha sido negada.

¿Se pueden canalizar los pagos de las importaciones a través del Convenio de Pagos y Créditos Recíprocos de la Aladi? Si, pero es importante señalar que a diferencia de 1994, las instituciones locales autorizadas no podrán tramitar ninguna operación sin que exista el respaldo de la correspondiente Autorización de Compra de Divisas, expedida por la Cadivi.

¿ Se puede exportar hoy a Venezuela y que el importador se inscriba con posterioridad en el Registro de Usuarios para obtener autorización de divisas? No. La Cadivi estableció que el importador no podrá ordenar el despacho o embarque de las mercancías desde el lugar de procedencia, antes de haberle sido otorgada la correspondiente Autorización de Adquisición de Divisas.

¿El cupo de divisas que maneja Cadivi es independiente de las operaciones que se hagan a través de la Aladi? No. De acuerdo con la Resolución No. 03-02-02 del Banco Central de Venezuela, las operaciones que se canalicen a través del Convenio de Pagos y Créditos Recíprocos de la ALADI, deberán contar con la Autorización de Compra de Divisas.

¿A qué tipo de cambio se liquidan las importaciones cuando se hacen a través del mecanismo de la Aladi? Las instituciones autorizadas locales deberán pagar al Banco Central de Venezuela el equivalente a los bolívares de las divisas, calculado al tipo de cambio vigente para la fecha del débito a la institución autorizada local. (Banco Central de Venezuela, Resolución No. 03-02-02)

¿Cuando el exportador colombiano utiliza el mecanismo Aladi, recibe el pago en dólares o en pesos? El importador venezolano paga el valor de la importación en bolívares. El exportador colombiano recibe en pesos el equivalente al valor en dólares de la exportación.

¿Se reconocerá la deuda comercial vigente a cargo de los importadores por exportaciones realizadas desde Colombia? Si, el Convenio Cambiario reconoce la existencia de la deuda comercial. No obstante, está pendiente, la reglamentación por parte de la Cadivi del proceso de registro de la misma, para su reconocimiento y aprobación.


OFICINA DE COMUNICACIONES PROEXPORT
Tel. 5600143