|
 |
|
Inicio >
Institucional
>
Reglamento estudiantil > De los
incentivos y distinciones a los alumnos |
Reglamento estudiantil
Capítulo X:
De los incentivos y distinciones a
los alumnos
Comunicado del Honorable Consejo
Académico de la
Universidad Sergio Arboleda
El Honorable Consejo Académico
en sus sesiones ordinarias de 20 de
agosto y 24 de octubre del 2002 y
haciendo uso de las atribuciones al
mismo concedidas, por el artículo 57
del Reglamento Estudiantil, ha
efectuado la siguiente
interpretación, del artículo 37
aparte “Becas”.
“CADA PROGRAMA, EN EL PORCENTAJE QUE
FIJE LA Vicerrectoría FINANCIERA,
REDUCIRÁ, A TITULO DE ESTIMULO, EL
COSTO DE LA MATRICULA PARA QUINTO
(5º.) Y DÉCIMO (10º.) SEMESTRES, O
PARA SU EQUIVALENTE EN CRÉDITOS AL
ALUMNO QUE MEJOR PROMEDIO ACADÉMICO
HAYA ACUMULADO EN LOS CUATRO (4)
SEMESTRES PRECEDENTES”
La anterior interpretación rige a
partir del día primero de enero del
2003.
ARTÍCULO 37: Como reconocimiento a
los alumnos sobresalientes
académicamente se establecen los
incentivos y las distinciones
siguientes, todos éstos sin
perjuicio de lo que prevean
disposiciones especiales:
Becas: El alumno de primero a quinto
semestre que obtenga el mejor
promedio académico ponderado en cada
una de las Escuelas, durante el
período académico inmediatamente
anterior, será exonerado del pago de
la matrícula, en el porcentaje que,
para el semestre siguiente, fije la
Vicerrectoría Financiera por medio
del reglamento respectivo.
El alumno de sexto a décimo semestre
que obtenga el mejor promedio
académico ponderado en cada una de
las Escuelas, durante el período
académico inmediatamente anterior,
será exonerado del pago de la
matrícula en el porcentaje que, para
el semestre siguiente, fije la
Vicerrectoría Financiera, por medio
del reglamento respectivo.
PARÁGRAFO: El aspirante a beca no
debe haber sido sancionado.
ARTÍCULO 38. De manera excepcional,
la Vicerrectoría Financiera podrá
conceder becas a quienes aspiren a
ingresar en la Universidad, previo
el concepto favorable del Comité de
Becas de la Institución, que deberá
tener en cuenta el resultado de la
evaluación de ingreso, su situación
socio-económica y otras.
ARTÍCULO 39: DE OTRAS DISTINCIONES.-
Igualmente, se consideran
distinciones, las cuales serán
concedidas teniendo en cuenta el
rendimiento académico y la buena
conducta, las siguientes:
1.- El otorgamiento de delegaciones,
comisiones o representaciones de la
universidad;
2.- La concesión de permisos
escritos para asistir a certámenes
culturales, científicos o eventos
deportivos;
3.- Grado de honor. Con esta
modalidad se podrá eximir de trabajo
de grado, siempre y cuando la Ley
así lo permita, al alumno que,
habiendo cursado y aprobado todas
las asignaturas del plan de estudios
correspondiente, obtenga un promedio
definitivo igual o superior a cuatro
punto cinco (4.5), y no hubiere sido
sancionado disciplinariamente.
4.- Descuento en los cursos de
postgrado. El egresado de pregrado
que obtuviese el mejor promedio de
su Escuela, podrá gozar de un
descuento en los derechos de
matrícula, para uno cualquiera de
los programas de postgrados de la
Universidad Sergio Arboleda, en el
porcentaje que fije la Vicerrectoría
Financiera, por medio del reglamento
respectivo.
Asimismo, esta distinción podrá ser
concedida a quienes se gradúen con
investigaciones de grado, que en
criterio del Centro de
Investigaciones de la universidad,
deban ser laureadas.
5.- La universidad podrá ofrecer
otros incentivos y distinciones a
aquellos estudiantes que se
distingan por su vocación
profesional, espíritu de cooperación
con la comunidad universitaria,
participación en actividades
extracadémicas de los ámbitos
cultural, científico, deportivo,
religioso y lúdico. En estos casos
se dará aplicación a la Resolución
correspondiente expedida por la
Rectoría.
|
Correo |
Sergionet |
Directorio |
Mapa del sitio
Mejor vista en 1024 x 768 px -
Aprenda a cambiar su configuración de pantalla aquí.
Universidad Sergio Arboleda
Derechos Reservados ® 2000 - 2008
Webmaster: Grupo
Internet
|
|
|
|
Universidad Sergio Arboleda
Bogotá -
Colombia
PBX: (571) 3257500
Calle 74 no. 14 - 14
Línea de información:
3258181
Línea gratuita de Servicio:
01-8000 110414
e- mail: info@usa.edu.co

|
|
|