Correo | Sergionet | Directorio | Mapa del sitio


 

Inicio > Institucional > Reglamento estudiantil > De la matrícula de los estudiantes


Reglamento estudiantil

Capítulo IV:
De la matrícula de los estudiantes


ARTÍCULO 12: DE LA MATRÍCULA.- La matrícula es el acto por medio del cual el aspirante admitido adquiere la calidad de alumno. Al firmar el respectivo documento se compromete a observar y a cumplir los estatutos, los reglamentos y demás disposiciones de la Universidad Sergio Arboleda. Igualmente, es alumno el egresado que no haya obtenido el grado respectivo.

ARTÍCULO 13: RENOVACIÓN DE LA MATRÍCULA.- La matrícula debe renovarse antes de iniciar cada período académico cumpliendo con los requisitos exigidos por la Universidad.

ARTÍCULO 14: ANULACIÓN DE LA MATRÍCULA.- La anulación de la matrícula se producirá por uno cualquiera de los siguientes motivos:

a) Retiro voluntario;

b) Como consecuencia de sanción disciplinaria;

c) Rendimiento académico deficiente;

d) Enfermedad que imposibilite la vida en comunidad, según dictamen médico.


ARTÍCULO 15: PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE ALUMNO.- La calidad de alumno de la Universidad Sergio Arboleda se pierde, en uno cualquiera de los eventos siguientes:
a. Por concluir el período académico de formación;

b. Por no haber renovado su matrícula, dentro del plazo establecido por la institución;

c. Por sanción de “No renovación de matrícula”;

d. Por cancelación de la matrícula;

e. Por sanción de expulsión;

f. Por tener un bajo rendimiento académico, según las resoluciones de cada una de las escuelas.

g. Por no cumplir con los regímenes especiales de cada una de las escuelas.


PARÁGRAFO: En caso del literal e) del artículo precedente, la sanción expirará transcurridos diez (10) años, contados a partir de la fecha en que quede ejecutoriada la sanción de expulsión.

ARTÍCULO 16: CAUSALES PARA LA DEVOLUCIÓN DEL VALOR DE LA MATRICULA.- Las solicitudes para la devolución del valor de la matrícula procederán ante el Decano respectivo, quien, mediante comunicación motivada, notificará a la Vicerrectoría Financiera y Administrativa la autorización para realizar la devolución, cuando surjan únicamente las siguientes causas:

a.- Por ser llamado a prestar el servicio militar; en este evento se hará devolución del ciento por ciento (100%).

b.- Por motivos de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados. Sólo procederá cuando la permanencia del solicitante haya sido igual a dos (2) semanas dentro de la Institución, o menor de ellas; en estos casos se devolverá hasta un ochenta por ciento (80%).
 

Correo | Sergionet | Directorio | Mapa del sitio
Mejor vista en 1024 x 768 px - Aprenda a cambiar su configuración de pantalla aquí.

Universidad Sergio Arboleda
Derechos Reservados ® 2000 - 2008
Webmaster: Grupo Internet
 




 
 


Universidad Sergio Arboleda
Bogotá - Colombia
PBX: (571) 3257500
Calle 74 no. 14 - 14 
Línea de información:
3258181
Línea gratuita de Servicio:
01-8000 110414
e- mail: info@usa.edu.co


Seccional Santa Marta