Universidad Sergio Arboleda
 
 
 
 
 
Transferencias
 

REGLAMENTO DE TRANSFERENCIAS

Reglamento Estudiantil
Capítulo III De las transferencias

ARTÍCULO 6: DE LAS TRANSFERENCIAS.- La Universidad Sergio Arboleda puede admitir aspirantes al mismo programa académico, o afín, por transferencia interna o externa.

ARTÍCULO 7: TRANSFERENCIA INTERNA.- Se entiende por transferencia interna el proceso mediante el cual se traslada un alumno de un programa a otro, dentro de la misma institución, seccional o extensión de programa, teniendo en cuenta los requisitos y condiciones que para este caso sean exigidos por la Vicerrectoría Académica.

ARTÍCULO 8: TRANSFERENCIA EXTERNA.- Es el paso de un alumno al mismo programa académico o, a otro afín, en la Universidad Sergio Arboleda, procedente de un programa académico profesional de otra universidad o institución de educación superior, de índole nacional o extranjera.

PARÁGRAFO I : REQUISITOS PARA LA TRANSFERENCIA EXTERNA.-

1. Manifestar por escrito, ante el Departamento de Admisiones, su voluntad de la transferencia.

2. Haber obtenido, en la entidad de la cual proviene, un promedio académico igual o superior al de permanencia, en el programa solicitado.

3. Presentar toda la documentación que, para el periodo académico respectivo, exija el Departamento de Admisiones.

4. Presentar certificado de calificaciones obtenidas, con discriminación de promedios obtenidos, por períodos académicos y consolidado.

5. Presentar los programas con contenidos e intensidad horaria de las asignaturas cursadas.

6. Presentar certificado de buena conducta de la entidad de la cual proviene.

7. Recibir concepto favorable de la respectiva Decanatura.

PARAGRAFO II: Quien ingrese por transferencia externa a la Universidad Sergio Arboleda deberá cursar el número de créditos o el número de semestres que, a criterio del Vicerrector Académico, sean necesarios no obstante, en los casos expresos de los convenios institucionales, la transferencia operará directamente.

ARTÍCULO 9: HOMOLOGACIÓN DE ASIGNATURAS EN TRANSFERENCIA EXTERNA.- Para que una asignatura sea homologable, sus objetivos, contenidos e intensidad horaria deben ser similares a los del respectivo programa en la Universidad “Sergio Arboleda”; debe, además, haber sido aprobada con una mínima calificación igual, o su equivalente, al promedio académico de permanencia, establecido por el programa respectivo, si es del caso y si se trata de diversas escalas.

PARÁGRAFO: En los casos de los convenios Interinstitucionales nacionales e internacionales, la homologación se realizará de acuerdo con lo establecido en el convenio y operará directamente; en los casos particulares, que no sean resueltos por la Escuela respectiva, la homologación será decidida por el Vicerrector Académico de la universidad.

ARTÍCULO 10: ADMISIÓN DE PROFESIONALES EN PROGRAMAS DE PREGRADO.- Cuando se trate de profesionales con título universitario, que deseen adelantar estudios en otra carrera, se les podrán convalidar las materias análogas ya cursadas, previo concepto favorable del Consejo Académico de la Escuela.

ARTÍCULO 11: ADMISIÓN DE ASPIRANTES QUE PROVIENEN DE PROGRAMAS DE ESTUDIO DE INSTITUCIONES TÉCNICAS Y TECNOLÓGICAS.- Los aspirantes provenientes de programas de estudio en Instituciones Técnicas y Tecnológicas deberán cumplir los requisitos establecidos de manera general para las transferencias. Corresponde la Consejo Académico de en la Escuela la cual se aspire a ingresar, decidir sobre la homologación de asignaturas y establecer el cumplimiento de los requisitos mencionados en los artículo 7 y 8 del presente reglamento.

 

 

 
 
 
 
 

Oficina de Admisiones
Calle 18 # 14A - 18

Horario de Atención
Lunes a Viernes de 8:00am a 12:00pm, y de 2:00pm a 5:30pm

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(ext 110)

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Patsy Pacheco

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Email
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