El derecho a la vida

Después de milenios de barbarie, de masacres, genocidios, atentados a la humanidad en todo sentido, en una época donde por fin pareciera encontrarse un ambiente apto para el respeto por la dignidad humana, en la que el hombre parecía haber aprendido de sus errores pasados, de Hiroshima y Nagasaki, de Dresden, de Georgia, y de Auzwitch, entre otros; en una era en la que se erige una Corte Penal Internacional, en la que es inaceptable permitir la muerte de un inocente, nos encontramos con la escabrosa noticia, de que la vida humana sólo tiene el valor que los órganos legislativos y las cortes le quieren dar.
Con horror el día de ayer Colombia se encontró con la noticia de que el proyecto de acto legislativo que se impulsaba desde el Congreso de la República con la finalidad de hacer extensiva la protección de la vida humana desde el momento de la concepción hasta el momento de su muerte natural naufragó en un primer debate.
Es inaceptable que en un Estado Social de Derecho, las vidas de las personas estén estratificadas, y que en el más repugnante hedonismo, o en el más aberrado utilitarismo, la vida sólo tenga un valor jurídico relevante cuando es capaz de sentir dolor, o capaz de producir bienes o servicios. Resulta contrario a toda concepción de derecho que las vidas de las personas más vulnerables sea la menos protegida, es la manifestación más clara que se da en la actualidad del salvajismo, del dominio del más fuerte, de la persona que tiene los medios para deshacerse de otra.
Los ordenamientos jurídicos a nivel internacional, trabajan ahora en función del deseo, en función de los sentimentalismos, y resultan siempre imperando los antojos de la persona que se valga de medios más viscerales y ruines para tocar fibras sensibles y darle movimiento a la amarillista democracia. En el estado actual de las cosas, los pilares esenciales de todo ordenamiento jurídico, por los cuales las personas ceden su poder esperando su protección, esto es la vida, y la integridad de la dignidad que ésta significa, son menos caros para el ordenamiento jurídico que valores que a simple vista, y que de mano del sentido común deberían estar muy por debajo, basta pensar en el libre desarrollo de la personalidad, o en la libertad sexual.
Se ha perdido todo norte en el intento concupiscente del Estado de complacer a cuanta minoría insignificante lo integre, de tal manera que su actuar queda restringido al de un estado gendarme que no toma posición en nada, y que no tiene ninguna política clara, que deja hacer y deja pasar, que se mueve como una veleta para donde sople el viento, y para donde lo arrastren las aguas del devenir cotidiano según las conveniencias de los gobernantes de turno, que no tienen otro criterio que la utilidad económica y que fácilmente ceden ante las presiones abyectas de las organizaciones internacionales que pretenden construir un ordenamiento jurídico internacional a cuyos axiomas estén obligados a adherirse todos los Estados sin rumiar ni siquiera con anterioridad su contenido sociocultural, sus principios filosóficos, su idiosincrasia, ni mucho menos la finalidad de todo Estado, el bien común, que por cierto es confundido por los pragmáticos con el bien de las mayorías, aunque esto signifique cercenar todos los derechos de determinados sectores demográficos.
Contradiciendo todo el ordenamiento jurídico; para el que siempre fue claro que el naciturus es una persona humana con derechos claros y exigibles por el Estado, que dispone de derechos hereditarios si se quiere hablar de derecho privado, cuya existencia además había estado siempre bajo la égida de la tutela del derecho penal que lo ha considerado históricamente un bien jurídico digno de la protección de la última ratio del ordenamiento, cuyo desarrollo por ser prioritario, ha significado siempre una protección especial para las madres en cinta si se quiere acudir al derecho laboral, cuya existencia no resulta discriminada tampoco a los ojos del Estatuto Mayor que no distingue entre una persona y otra a los ojos de los Artículos 11 y 13 principalmente en términos constitucionales, o si se quiere hablar de Derecho Internacional Público, los derechos del no-nato han sido reconocidos por los tratados internacionales que se fijan en convenciones de carácter internacional o continental; sin embargo, ante la mirada de la modernidad hedonista y sin sentido, resulta que siguiendo discursos de progresismo trasnochado, que se asemejan más a proyectos cuya mención causa horror, tales como el Proyecto eugenésico Aktion T4 adelantado por Hitler en el Tercer Reich esterilizando y asesinando a los sufrientes de enfermedades degenerativas congénitas para evitar que vengan al mundo seres “malformados”, así, hoy las personas que sufren de deformidades no tienen un derecho a la vida que el Estado pueda exigir, sino que su existencia, siguiendo las contingencias actuales, resulta objeto de disposición de la madre que se quiera liberar de su responsabilidad, olvidando todo deber moral que la obliga, soslayando la misericordia y la caridad que cuando menos se le debe a los hijos, sin embargo en una sociedad egoísta y amoral se puede fácilmente evitar la consideración de todas las personas que a pesar de las múltiples malformaciones de las que el destino haya dotado, han logrado tener una vida digna de la mano juiciosa y misericordia de sus padres, o incluso de fundaciones como FIDES.
Así también, en los casos de las violaciones, resultan los niños, de consciencia inmaculada, que jamás tuvieron intervención alguna en el horroroso acto que significó el acceso carnal violento, siguiendo las caducas prácticas medievales del blutrache y la friedlösigkeit el Estado le quita la tutela jurídica a la descencia del criminal para que la persona afrentada pueda disponer de ella a su antojo sin mayor reproche, así, los niños tienen que responder con su vida si la madre así lo quisiere, en tanto el violador apenas purgaría una pena privativa de la libertad, aún cuando este asesinato cruel e impío jamás curaría el daño físico ni psicológico que la violación significa, e incluso haría más gravosa la situación de la mujer.
No bastando con esto, también se contempla como lícito el asesinato de un niño indefenso con el discurso del peligro de la vida de la madre, siguiendo un discurso amarillista y falaz que se vende, con intención de hacer un lobby para en el futuro aumentar la lista de las circunstancias en que resulta lícito abortar, disposición inocua e innecesaria que busca solo amplíar la cobertura del aborto hasta convertirla en la regla, pues no ha existido mujer en el mundo que haya resultado en prisión por la muerte de su hijo producto de procedimientos médicos tendientes a salvar su propia vida, tales como un legrado, o como una intervención quirúgrica necesaria, pues dicta la deontología jurídica que cuando es necesario salvar la vida de la madre, no se la puede obligar a ésta a renunciar a su derecho, no hay necesidad, sin intereses oscuros y desviados, de disponer esto como una excepción a la prohibición de matar, porque sencillamente la acción final está encaminada a salvar una vida, de manera loable, y no a acabar con otra. Sin embargo, a pesar de que los casos en que estas tres circunstancias que hábilmente magistrados y congresistas han puesto al nivel de un derecho fundamental, y que deberían ser casos en los que eventualmente y en especialísimas condiciones deberían ser tratados por vía de excepción, debido a la ínfima proporción en que se presentan que no se compadece con los adjetivos de toda ley, general, impersonal y abstracta, se han convertido en normas, y esto no es algo caprichoso, sino que obedece a la materialización del olvido del ser humano, es un primer paso para convertir el aborto en un derecho, el derecho a matar dolosamente a niños inocentes.
Es un primer paso hacia la legalización del homicidio del más débil que eufemísticamente se ha denominado eutanasia, muy conveniente por lo general para sus causahabientes, que pasan a disponer de unos bienes que en vida del de cujus se encontraban congelados, muy a pesar del principio de dinamismo de un libremercado. Es el primer escalón hacia la experimentación en embriones y cigotos humanos, ignorando que se trata de vidas independientes con futuros promisorios, con un alma propia, con un ADN único, y que ahora se tiene por insumo médico, olvidando la máxima kantiana de que el hombre es un fin en si mismo. Es el primer paso también, para permitir una pena de muerte en un Estado donde reina la impunidad, que olvida la dignidad de la persona de la mano del más retrógrado positivismo Ferriano. Es un primer paso para dejar atrás la garantía del derecho a la vida que incluso ante el ojo desprevenido del ciudadano común es el primer deber del Estado, pero que para sus dirigentes es un ingrediente que se puede desechar con tal de recibir prevendas de laboratorios seudomédicos que han olvidado el juramento hipocrático de salvar vidas y hoy se dedican a acabarlas, de multinacionales a quienes no les convienen personas lejanas a una etapa de producción de bienes y servicios, y lejanas también a la disposición de dinero, ante el lobby de las organizaciones internacionales que quieren vender un discurso de protección de derechos humanos desatendiendo al más sagrado de todos.
Nos encontramos ante un retroceso en el proceso de evolución sociocultural, echamos hoy por la borda, los avances que nos habían entregado filántropos y científicos a lo largo de la historia por ceder a los caprichos amarillistas de quienes desprecian la magnificencia del ser humano como persona digna, detentadora de derechos y deberes, como ser espiritual, como ser trascendente, como ser racional y que lo minimizan a una máquina capaz de sentir placer y de producir utilidades económicas para una sociedad corrupta.
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