El riesgo público, una confrontación de seguridad
Por: Yesica Cabanzo
Riesgo Público es un suceso que puede afectar a una persona o a una comunidad determinada, sin necesidad que alguna de estas tenga alguna característica en particular. En ese sentido, el hecho de estar vivos nos hace estar en riesgo.
Generalmente percibimos las cosas de manera limitada. Este es el caso de la definición del llamado “RIESGO PÚBLICO”. Un riesgo entraña la posibilidad de un suceso que nos afecte por su potencial daño. Así por ejemplo, la noción de “riesgo público” o “riesgo psicosocial”, en materia de salud ocupacional, comprende dentro de este concepto, ciertos actos mal intencionados que afectan la salud de los trabajadores, como es el caso de las lesiones producidas en un robo a un mensajero, o un evento de los conocidos como fleteo, es una definición restringida, en la medida en que se aplica para esos efectos exclusivamente.
Aún dentro de la misma salud ocupacional, algunas actividades consideradas como riesgos profesionales, susceptibles de causar daño, pueden provenir de hechos de la naturaleza, como una epidemia o una inundación. Estos fenómenos naturales pueden desencadenarse, a su vez, por otro tipo de hechos jurídicos como el incumplimiento de funciones públicas –mal mantenimiento del alcantarillado– por actos propios de una organización: asentar una sede en zonas de alto riesgo o construirlas sobre terrenos inestables. Tales conductas generan un riesgo al que el público en general está expuesto, pero dentro de la clasificación acostumbrada en salud ocupacional, no se les considera “riesgo público”.
Menos visibles, en su carácter de públicos, son aquellos actos susceptibles de generar otro tipo de perjuicios, de otra índole o naturaleza diferente a la salud de los miembros de una organización. Por ejemplo, la vulnerabilidad empresarial ante la arbitrariedad de algunos funcionarios, o las decisiones gubernamentales o legislativas, sobre trámites, competencias, régimen laboral o de situaciones de coyuntura económica como las crisis, la corrupción o los periodos inflacionarios, las presiones indebidas de las comunidades, el hostigamiento de la delincuencia, la ineficiencia, el desorden o el despilfarro público.
Tampoco es fácilmente percibible la forma como estos fenómenos se pueden concatenar. Por ejemplo, es prudente analizar cómo determinados eventos desencadenan una serie de efectos perversos en cascada, como las secuelas del mal ordenamiento territorial, la falta de conciencia con el medio ambiente. Obsérvese como las inundaciones afectaron actividades económicas como las agroindustriales, con el deterioro de las respectivas finanzas familiares.
En este escenario son previsibles las protestas y desmanes, por lo cual el concepto de “riesgo público” tradicional, caracterizado por los llamados “actos mal intencionados” de terceros claramente se incrementa.
La extensión de la crisis puede exacerbar los ánimos; entre más grave sea su marginalidad, es mayor la agresividad de la protesta, e inversamente proporcional, es menor el auxilio. Igualmente, supongamos que estas situaciones anómalas suelen ser utilizadas por grupos específicos de interés, tal como los políticos deshonestos, los movimientos subversivos, la delincuencia común u organizada, o los carruseles de la corrupción, entre otros.
¿Que tiene que ver esta disertación con la definición de riesgo público?, que su manejo compete a las autoridades y que hasta ahora ha sido indiferente al sector privado. Sobre los factores y agentes que causan tales riesgos, se carece de gobernabilidad o esta es mínima. En las Jornadas Internacionales de Confrontación en Seguridad, que se llevarán a cabo el 26 y 27 de abril de 2012, en el Club El Nogal de Bogotá, en su trigésimo tercera edición , usted y su empresa aprenderán cual es la responsabilidad que deben tener frente al riesgo público.
Se presentará la nueva visión que la comunidad y en especial el sector empresarial, necesitan tomar, ya no frente al “riesgo público”, sino a los “riesgos públicos” a los que todos estamos expuestos.
Todo depende de cómo avistar los síntomas y diagnosticar estas posibilidades, cómo pronosticar su probable magnitud y en especial formular el tratamiento al prevenirlos, controlarlos, asumirlos o transferirlos.
Tenemos entonces que a partir de la definición de “riesgos públicos”, la visión frente a su manejo, el estudio de las medidas pertinentes, y la necesidad de recurrir para ello a distintas formas de percepción de las situaciones, nos conducen a la imperiosa necesidad de repensar la seguridad. Los gerentes tienen la función de administrar las empresas, pero también la obligación de protegerlas. Percepción, prevención, protección y preservación, se convierten en los 4 criterios esenciales para el diagnóstico, pronóstico y tratamiento de la situación, que deben ser comprendidos e interiorizados por directivos y funcionarios.
Nos tomamos muy enserio la seguridad; ¿Usted y su empresa están preparados para afrontar fenómenos que pongan en consideración su seguridad?
Si no es así, el momento de estarlo.
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