¡GENERE SU PROPIA ELECTRICIDAD!
Con la aprobación de la ley 1715 de mayo de 2014, Colombia da un paso adelante a la producción sostenible de energía solar fotovoltaica. La ley permite incluso, que el estado compre el excedente de electricidad que produzcan los hogares.
Colombia toma nota de las tendencias globales en cuanto a las fuentes no convencionales de generación eléctrica, como la energía solar fotovoltaica y sanciona un marco jurídico atractivo para que familias y empresas consideren seriamente un cambio radical hacia la autogeneración y el autoconsumo eléctrico.
El país y el planeta entero continúan explorando alternativas distintas de las fuentes convencionales de generación eléctrica como los combustibles fósiles (carbón y gas natural) y las fuentes nucleares, teniendo en cuenta sus implicaciones socioeconómicas y ambientales negativas que son bien conocidas.
Por ello, la tecnología solar fotovoltaica pone a nuestra disposición un recurso ilimitado que casi nunca hemos aprovechado y es la irradiación solar.
Cualquier familia o negocio, tanto de escala pequeña como grande, puede considerar una inversión solar fotovoltaica que consta de componentes sencillos y modulares colocados por lo general en tejados o espacios subutilizados, para aprovechar la irradiación solar de forma totalmente gratuita durante un plazo de tiempo de al menos 25 años y transformar dicha irradiación en corriente eléctrica para atender cualquier consumo cotidiano como nuestros electrodomésticos y quizás nuestro próximo carro eléctrico.
Según Juan David García gerente de América Fotovoltaica, los costos de implementación de un sistema generador de energía solar fotovoltaica son muy accesibles para los propietarios de vivienda y representan a mediano plazo un ahorro significativo en la factura de electricidad.
Los condominios, y edificios de apartamentos en propiedad horizontal, podrán considerar esta inversión con miras a reducir el aporte de la comunidad para el pago de las cuentas de luz.
Aunque es un proceso que requiere tiempo para su maduración, la alternativa solar fotovoltaica ofrece independencia al consumidor final de la electricidad, lo que significa un logro enorme en términos de civilización y calidad de vida. Es un cambio radical en la balanza de poder entre proveedor y usuario de la electricidad, ya que pasaremos de un modelo centralizado, donde pocos producen y por lo tanto tienen capacidad de influir los precios, hacia un modelo de autogeneración y autoconsumo.
El neteo eléctrico es una realidad en Colombia gracias a la ley 1715 de mayo del 2014, y por lo tanto es legalmente posible compensar la electricidad consumida y la generada.
De esta forma, cuando se produce más electricidad de la que consume, se genera un crédito en términos de energía a nuestro favor para poder utilizar electricidad en el futuro sin tener que pagarla. La ley, que está en proceso de reglamentación, también ofrece beneficios tributarios a quienes adelanten proyectos de energías renovables.
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