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BIODERECHO: CONTEXTO, LEYES Y VACÍOS

Investigar, comprender, evaluar y regular los conflictos jurídicos que se presentan en el campo biomédico y biocientífico es la labor del Bioderecho, una rama del Derecho en la que La Sergio quiere convertirse en pionera, a través de un área dedicada a su estudio.

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El principio y final de la vida, la eutanasía para menores, el aborto, son solo algunos de los temas a los que muchos profesionales del derecho deben hacer frente hoy. Por esto, desde hace un año, La Sergio creó el área de Bioderecho, adscrita a la Escuela Mayor de Derecho, con la que quiere hacer un aporte al país en la comprensión de esta materia.

El Bioderecho está enfocado en intentar regular las prácticas genéticas de última generación como, por ejemplo, la edición genética que permite alterar y modificar de manera completa cualquier organismo vivo, incluido el ser humano, y realizarlo de manera preimplantacional, es decir, seleccionando un embrión en un laboratorio para insertar condiciones genéticas, eugenésicas o disgenésicas”, señaló Erick Valdés, director del área de Bioderecho.

Se calcula que en Estados Unidos existen unos mil niños a los cuales se les han realizado prácticas de genética preimplantacional. Aunque se desconoce la estadística exacta porque no existe una obligación de los genetistas en divulgar los datos”, afirmó Valdés.

Uno de los casos más sonados ocurrió en 2002, cuando una pareja de mujeres casadas, sordas y profesoras de escuela, decidieron tener un hijo y acudieron a la práctica de genética preimplantacional para que su hijo naciera con problemas auditivos, al igual que las madres. Y así, estos casos se repiten en niños con problemas de crecimiento.

Estas prácticas de manipulación genética se dan por vía somática o por vía germinal. Eso quiere decir, que cuando se realiza una manipulación al embrión por vía somática, este muere con el individuo y no afecta a futuras generaciones. Mientras tanto, por vía germinal, el gen se traspasa a la descendencia.


Legislación del Bioderecho en Colombia

Según el artículo 132 del Código Penal, “el que manipule genes humanos alterando el genotipo con finalidad diferente al tratamiento, el diagnóstico, o la investigación científica relacionada con ellos en el campo de la biología, la genética y la medicina, orientados a aliviar el sufrimiento o mejorar la salud de la persona y de la humanidad, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a noventa (90) meses”.

Para Valdés, dicho artículo tiene vacíos jurídicos. “La norma en Colombia está incompleta, puesto que no distingue los tipos de manipulación que existen. No considera si la manipulación genética es por vía somática o por vía germinal, las cuales tienen efectos completamente distintos. En pocas palabras, no específica qué es lo que se tiene que afectar para que se configure un delito“.

Para Valdés, si razonamos, llegará el momento en el que un científico pueda llevar a cabo un diagnóstico y alterar el gen de la ceguera e implantarlo en el vientre de la mamá y no va a pasar nada porque dicha actuación no está contemplada en las leyes en Colombia.

Por otro lado, en el país existen dos sentencias de la Corte Constitucional, la 066 de 2013 y la sentencia 044 de 2017, que se refieren a la discapacidad así: “no es un asunto que se derive exclusivamente de las particularidades físicas o mentales del individuo, sino que también tiene un importante concurso en la misma barrera que impone el entorno, de diferente índole, las cuales impiden que la persona con discapacidad pueda ejercer adecuadamente sus derechos y posiciones jurídicas”.

Con estas sentencias no habría nada para impedir dicha práctica. No hay componente dañoso. Está permitido tácitamente, no habría cómo penalizarlo. Existe una mala regulación porque la Corte señala que la discapacidad es un barrera que impone la sociedad”, agregó Valdés.


Legislación de Bioderecho en el mundo

España, México y Chile tienen vacíos en la ley al igual que Colombia. A la vez, existen países en el mundo que no tienen ninguna ley que prohíba o limite la práctica preimplantacional.

Alemania es el país más adelantado hasta el momento. Sus leyes contemplan una regulación a la modificación del embrión porque lo igualan al ser humano, por tanto tiene la misma protección de un ciudadano. A la vez, esta ley solo deja realizar prácticas estéticas al embrión, más no eugenésicas.

Con el fin de perfeccionar la ley, la Universidad Sergio Arboleda está promoviendo la especificación de los artículos presentes en ella para completarlos y hacerlos más compresivos a la sociedad, y que aborde todos los temas con el objetivo de cerrar los vacíos existentes.

Erick Valdés es miembro fundador y presidente de la Red Internacional de Bioderecho, vice- presidente de la Asociación Iberoamericana de Filosofía Práctica y miembro del Instituto Colombiano de Estudios Bioéticos. En su paso por la academía, ha cursado Posdoctorados en Bioética y Posdoctorado en Filosofía en Georgetown University, Estados Unidos. A la vez, tiene un Posdoctorado en Derecho por el Washington College of Law, Estados Unidos.